• La supervisión y Evaluación del desempeño de la Tesorería Municipal.
• Formular anualmente los proyectos de la Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos, presentándolos al Ayuntamiento, para su revisión y aprobación, en su caso, amas tardar, el día 15 del mes de septiembre del año anterior a su ejercicio.
• Proponer al Cabildo los mecanismos que considere necesarios para optimizar el ingreso municipal y hacer eficiente el gasto público; el funcionamiento y operación de la Administración Pública Municipal.
• Analizar, glosar y dictaminar los estados financieros mensuales dentro de los primeros doce días hábiles posteriores a la conclusión del periodo de que se trate. El dictamen respectivo deberá ser sometido a la consideración del Ayuntamiento en el mismo me
• Vigilar la exacta aplicación de las leyes fiscales.
• Analizar y dictaminar los informes trimestrales de avance de gestión financiera y la cuenta pública anual de la hacienda municipal para someterlos a la consideración del Ayuntamiento.